Recientemente Tuenti ha modificado sus condiciones de uso; entre estas modificaciones he estimado oportuno destacar tres: la primera es la que prohíbe a cualquier persona del mundo enlazar a los contenidos de sus usuarios, bajo amenaza de considerarse legitimado para iniciar acciones legales (recordemos que solo los usuarios registrados en Tuenti pueden leer las condiciones de uso), la segunda modificación es que te avisan que podrán solicitarte una copia de tu DNI para verificar tu edad y en caso de no aportarla podrán cancelar tu cuenta, y la tercera que el usuario que invite a otro se hace responsable de las posibles consecuencias legales de dicha invitación.
Con esas palabras califica la Agencia Española de Protección de Datos la información legal que debe aparecer en los anuncios de televisión de descargas de contenidos para tu móvil.
En concreto se refiere a algunos anuncios de la empresa Myalert (Blinko), donde los Inspectores tuvieron que visualizar fotograma a fotograma para reconstruir el mensaje.
Le cargaron un recibo en su banco por un supuesto contrato realizado telefónicamente.
El cliente no tuvo que firmar nada posteriormente y la empresa tampoco pudo probar la existencia de la celebración de ese contrato.
El resultado concluye en un tratamiento de datos personales del cliente sin consentimiento por parte de la empresa.
Un error de configuración en el sistema de suscripción de Movilisto en las promociones web permite dar de alta números de teléfono móvil de forma indiscriminada.
Los afectados comenzarán a recibir mensajes de texto en su teléfono móvil que pagarán a 0,30 euros cada uno.
¿Pueden los Boletines Oficiales publicar cualquier información, incluso no respetando la protección de datos?
¿Qué sucede si una Administración ordena publicar información personal vulnerando el derecho a la protección de datos?