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Samuel Parra

Abogado - Derecho y tecnología

La casilla premarcada de Whatsapp para ceder datos a Facebook es legal

Whatsapp modificó sus términos de servicio en agosto de 2016 para solicitar el consentimiento de sus usuarios para ceder sus datos personales a Facebook. Este consentimiento se otorgaba mediante una casilla marcada por defecto y en una pestaña de visualización opcional. La Agencia Española de Protección de Datos considera que esta práctica no vulnera la normativa de protección de datos. Como consecuencia en el año 2014 de la compra de…

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Nadie puede alegar en su favor su propia torpeza

Cuatro resoluciones de la AEPD muy similares nos permiten entender, en materia de protección de datos y con un ejemplo real, la diferencia entre responsable del fichero y responsable del tratamiento. Además, en ellas se invoca un principio del derecho curioso, conocido como nemo auditur propriam turpitudinem allegans, o lo que es lo mismo, nadie puede alegar en su favor su propia torpeza. Durante este año 2016, la Agencia Española…

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¿Tienes SIDA? Preguntas para entrar en un balneario

Un balneario de Madrid requiere a sus clientes responder múltiples preguntas sobre su salud antes de poder acceder a las piscinas; entre estas preguntas, de respuesta obligatoria, nos encontramos con preguntas sobre si se tiene SIDA, hepatitis, enfermedades oncológicas, estar tomando algún medicamento (cuál), y en general si se tiene alguna enfermedad. Planteado ante la Agencia Española de Protección de Datos si un establecimiento privado como un balneario puede exigir…

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100.000 euros de multa por enviar una carta de publicidad sin consentimiento del destinatario

Una empresa ha sido sancionada por enviar una única carta de publicidad al domicilio de la denunciante sin contar con su consentimiento. En concreto, la Agencia Española de Protección de Datos constata que la empresa que envió la carta trató los datos relativos a nombre, apellidos y dirección sin el consentimiento de su titular para hacerle llegar una oferta promocional, por lo que procede que sea sancionada con 100.000 euros…

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Ya no se requiere el consentimiento para enviar spam

O eso al menos es lo que sostiene la Agencia Española de Protección de Datos en una de sus resoluciones, donde afirma que en la medida en que la página de la empresa que envía la comunicación comercial por correo electrónico dispone de un formulario para darse de alta en la «lista de spam», no procede comprobar si existe o no consentimiento. Por todos es más o menos conocido que…

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