El Real Decreto 1720/2007 ya está en vigor
El R.D. 1720/2007 ya ha entrado en vigor. Para aquellos ficheros con datos personales que se crean a partir de ahora, ya deberán tener implantadas las medidas de seguridad correspondientes.
Para los ficheros ya existentes todavía existe un periodo de tiempo para su adaptación.
No obstante recordemos que el R.D. 1720/2007 no sólo establece un régimen de medidas de seguridad para los ficheros con datos personales, sino que nos encontramos ante un auténtico desarrollo reglamentario de la Ley Orgánica de Protección de Datos por lo que las consecuencias de la entrada en vigor de esta normativa se extienden más allá de las meras consideraciones sobre seguridad de datos.
Comments
Peter
Hola,
cuando el artículo 2.3 del RLOPD establece que los datos de los comerciantes (cuando se les trate como tales) están excluidos del «régimen de aplicación de la protección de datos de carácter personal»… ¿qué están queriendo decir, que están fuera solo del reglamento o también de la LOPD?
Un saludo.
Peter
Acabo de ver que hay varios informes de la agencia que aclaran esta cuestión (Resolución de 27 de febrero de 2001):
«(…) tanto las personas jurídicas como los profesionales y los comerciantes individuales (éstos dos últimos sólo en los estrictos términos señalados en el párrafo que antecede, esto es, cuando sus datos hayan sido tratados tan sólo en su consideración de empresarios) quedan fuera del manto protector de la Ley Orgánica 15/1999. (…)»
Ana
No obstante esta redacción, porqué la AEPD ha dado de alta ficheros que sólo contienen estos datos???
Peter
No sé, quizá dan de alta todo lo que se le pide. Con la cantidad de solicitudes que tendrán, no creo que entren a valorar su contenido…
Samuel Parra
Como dice Peter, yo creo que no controlan mucho eso… si la inscripción cumple los requisitos formales lo aceptan… hay cada fichero declarado…
Peter
Jejeje, estoy por intentar inscribir el típico excel de superhéroes, a ver si cuela… 🙂
José Miguel
Buenas, ya tengo internet Samuel (BIÉN!!!!), tío te lo curras cada vez más todo esto. A ver si discurrimos plácidamente. En fin, a lo que voy (al comentario de los ficheros); siempre hay personas de contacto de las que se puedan recoger datos, eso por una parte y por otra…. como no se sabe cuando podría actuar el afectado como persona física o bien como persona jurídica, no se han querido «mojar» y daran todo eso por bueno mientas no se demuestre lo contrario. Si os tomais algo de tiempo y revisais las inscripciones… podeis flipar y pasar un buen rato de algún que otro fichero declarado. En fin, a ver qué pasa con todo esto.
Un saludazo a todos, otro pa ti mu fuerte Samuel
Samuel Parra
José Miguel!! Pero que sorpresa más agradable leerte por aquí. Hace años que no sabía nada de ti (directamente). Veo que no te has bajado de la ola de la LOPD :). Te mando un correo a la dirección que has puesto para este comentario tuyo.